Si has venido a España a estudiar y estás considerando quedarte para establecer una nueva vida te estarás preguntando ¿Cómo poder hacerlo? ¿Se puedes modificar tu estancia por estudios a permiso de residencia y trabajo?, si eres estudiante en españa ¿Cómo puedes alargar tu tiempo acá? ¡Hoy te lo explicamos!
Es probable que una vez finalizada tu estancia por estudios, quieras acceder a un permiso de residencia y trabajo en España y como es uno de los trámites de extranjería que genera muchas dudas, hemos elaborado una breve guía con toda nuestra experiencia en la presentación de este tipo de residencia.
¿Qué es el permiso de residencia y trabajo en España?
El permiso de residencia y trabajo en España es una autorización que te permitará vivir y trabajar legalmente en el territorio español durante un período determinado, y se otorga a personas que han sido contratadas por una empresa española o que tienen intención de desarrollar una actividad profesional por cuenta propia en el país.
Lo importante de este permiso es comprender que tiene dos variantes, puedes acceder a la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
¿Qué requisitos debes cumplir para modificar tu estancia por estudios a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena?
Existen varios requisitos que han de cumplirse para poder aplicar a la residencia y trabajo por cuenta ajena:
- Debes haber finalizado los estudios o concluido el trabajo de investigación, la formación o las prácticas que sirvieron para aplicar a la autorización de estancia.
- No puedes tener prohibida la entrada en España y no constar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Debes carecer de antecedentes penales en España, y en los países anteriores donde se haya fijado tu residencia en los últimos 5 años.
- No puedes encontrarte, dentro del plazo de compromiso de no retorno
- Debes pagar las tasas por concepto de tramitación a esta autorización de residencia.
- Tendrás que presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice que harás una actividad continuada durante el periodo de vigencia de tu autorización para residir y trabajar. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente.
- El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social.
- El empleador deberá contar con medios económicos.
- Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%.
Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50% del IPREM por cada miembro adicional.
- Y también tendrás que tener la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, en su caso titulación debidamente homologada.
¿Qué requisitos debes cumplir para modificar tu estancia por estudios a un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia?
Para poder iniciar una trayectoria profesional como autónomo por cuenta propia tendrás que reunir los siguientes requisitos:
- Debes cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Tienes que poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso, la colegiación cuando así se requiera. En su caso, la titulación homologada.
- Tendrás que acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo, incluyendo como tal el autoempleo.
- Debes de haber abonado la tasa relativa a la autorización de trabajo por cuenta propia.
¿Qué documentos necesitas para presentar para la modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta ajena?
- Impreso de solicitud en modelo oficial modelo oficial (EX-03), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la empresa que contrata.
- Copia del pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor, del trabajador extranjero.
- Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, debiendo acreditarse la titulación homologada cuando fuera necesario.
- Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
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- Si se trata de un empresario individual: copia del NIF o NIE, o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
- Si se trata de una persona jurídica (S.A., S.L., Cooperativa, etc.):
- Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
- Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa.
- Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante de la solicitud.
- Contrato de trabajo firmado.
- Acreditación de que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria, a través de: copia de la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa referido a los últimos tres años. Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
- Certificación acreditativa de haber superado los estudios o haber concluido el trabajo de investigación, la formación o las prácticas con aprovechamiento.
- En el supuesto de no haberlo presentado en la misión diplomática u oficina consular, certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España.
¿Qué documentos necesitas para presentar para la modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta propia?
- Impreso de solicitud correspondiente de autorización de residencia temporal por cuenta propia.
- Pasaporte completo en vigor.
- Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio de dicha profesión.
- Documentación acreditativa de la capacitación, y, en su caso, de la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, en su caso, titulación homologada.
- Documentación acreditativa de la compatibilidad de los estudios con la actividad laboral.
- En actividades profesionales independientes que la exijan, certificado de colegiación.
- Copia de la documentación que acredite la suficiencia de la inversión prevista para la implantación del proyecto y sobre la incidencia, en su caso, en la creación de empleo, incluyendo como tal el autoempleo.
En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo de la Ley 12/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 750 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos el artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente.
En el resto de las actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando, la situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.
¿Qué hacer si te deniegan la modificación de estancia a residencia y trabajo?
Si es desfavorable la resolución, ponte en contacto con nuestro despacho y te asesoraremos qué recursos puedes presentar.
¿Se puede renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?
¡Por supuesto! Solo deberás cumplir con los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 71, del RD557/2011:
a) Cuando se acredite la continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
b) Cuando el trabajador haya tenido un periodo de actividad laboral de al menos tres meses por año, y el trabajador se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
1. Haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar, y figure en situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación.
2. Disponga de un nuevo contrato que reúna los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de renovación.
3. Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
c) Cuando el trabajador se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el artículo 38.6 b) y c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
d) De acuerdo con el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, cuando:
- El trabajador acredite que se ha encontrado trabajando y en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que su última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a su voluntad”.
- El cónyuge cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador. Se procederá igualmente a la renovación, cuando el requisito sea cumplido por la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal en los términos previstos en materia de reagrupación familiar”.
- En los supuestos de extinción del contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral como consecuencia de que la trabajadora sea víctima de violencia de género.
¿Se puede renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia?
¡También! Solo deberás cumplir con lo siguiente:
Si has trabajado durante todo el tiempo de vigencia de tu tarjeta inicial y lo piensas seguir haciendo, simplemente deberás demostrar que la actividad económica por la que se te concedió la residencia ha sido efectiva y continuada durante el año anterior, y cumplir con lo siguiente:
- Deberás haber estado dado de alta en el RETA durante toda la vigencia de la tarjeta
- Has realizado el pago a la Seguridad Social cada mes, y liquidado todos tus impuestos con Hacienda (principalmente el pago del IVA trimestral)
Este último punto es fundamental.
Es muy importante que estés al día con tus obligaciones fiscales con Hacienda y Seguridad Social para poder renovar este permiso.
Recuerda que si quieres comenzar con tu trámite y modificar tu estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, en Migrow Abogados te podemos ayudar con todo el proceso gracias a la experiencia y conocimientos de Manuel Felipe Garoña, abogado experto en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española con más de 30 años de experiencia.