El canje del carnet marroquí para conducir en España ¿Es automático? Conoce todo sobre el acuerdo bilateral entre España y Marruecos este 2024
El pasado 6 de febrero de 2024 el Gobierno español alcanzó un acuerdo con el rey de Marruecos Mohamed VI dónde se adopta la decisión de seguir los pasos recomendados por la Dirección General de Tráfico (DGT) en el año 2019 que permiten que las empresas de transporte españolas puedan contar con conductores que tenga el permiso de conducir marroquí.
Es decir, se aprobó en el Consejo de Ministros, la modificación del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, dando paso a un reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducción nacionales.
Sin embargo, algunas personas se han apresurado a pensar que esté reconomiento supone un canje automático del permiso de conducir, es decir que no se debe realizar ninguna acción para homologarlo o hacer el debido canje del carnet, y esto no es verdad.
El canje del carnet marroquí de conducir no es automático
¡Así es! Esto ha generado cierta confusión y la DGT ha tenido que aclarar la controversia que se ha generado en el sector del transporte profesional por carretera debido a este acuerdo bilateral suscrito entre España y Marruecos, del que se creía, que permitía un canje automático del permiso de conducir profesional obtenido en Marruecos para poder trabajar en España.
En respuesta a una pregunta realizada por Fenadismer, la Dirección General de Tráfico ha aclarado que tal convalidación automática no existe, y que lo único que se ha acordado con el país alauita es la exención del examen teórico, continuando siendo obligatorio realizar las pruebas prácticas de conducción en nuestro país para poder canjear un permiso profesional marroquí en España, equiparándose así a la regulación contenida en el resto de convenios suscritos con terceros países.
¿Cuándo es posible hacer un canje del carnet de forma automática en España?
El canje del carnet de conducir es automático en un Estado miembro de la Unión Europea, si la persona que va a trabajar en la conducción de vehículos posee un carnet que ha sido expedido por otro país de la Unión Europea ya que los requisitos para obtener este documento son los mismos en todos los Estados miembros.
El acuerdo entre España y Marruecos ya permitía el uso del carnet de tipo B en el otro país sin necesidad de un examen
De hecho, en el 2003 el Gobierno de José María Aznar se reunió con el Gobierno de Marruecos en la V Cumbre Hispano-Marroquí. De este encuentro surgieron una serie de acuerdos que se fueron materializando con el tiempo, entre los que se encontraba el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, del que se aprobó su aplicación provisional en junio de 2004.
El acuerdo establecía que España y Marruecos reconocían “recíprocamente los permisos de conducción nacionales expedidos por las autoridades de los dos Estados”, lo que permite desde entonces, y de manera temporal, conducir por las carreteras de ambos países “sin tener que realizar exámenes teóricos y prácticos”.
El artículo 4 ponía como excepción los carnets de camión y autobús (tipo C, C+E, D, D+E), que sí tenían que “realizar pruebas teóricas de control de conocimientos específicos vigentes en España”, hasta que se armonizaran las pruebas teóricas entre ambos países, y una “prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general”.
Ahora el Gobierno, previa solicitud de la DGT en 2019, ha firmado un acuerdo bilateral con Marruecos para canjear los permisos de conducir -también los de camión y autobús- sin que los interesados tengan que hacer pruebas teóricas oprácticas, sin embargo, esto aún no está ocurriendo.
Hemos de recordar que, facilitar el canje de los permisos de conducir a conductores de otros países, así como los permisos de trabajo, es una de las líneas que se contemplan en la mesa de trabajo para buscar soluciones a la escasez de conductores.